Texto completo del acuerdo - Convenio 108/75 Sanidad

Las cámaras empresarias de la salud y la Federación Argentina de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA), acordaron  una nueva grilla salarial para alrededor de 270.000 trabajadores de la actividad en todo el país.

El acuerdo firmado entre FATSA y las cámaras CONFECLISA y ADECRA se logró después de casi ocho horas de negociaciones en la sede central del ministerio de Trabajo, monitoreadas personalmente en diversos tramos por el titular de la cartera, Carlos Tomada, incrementa el salario de los trabajadores un 32 por ciento.

El sector empresario estuvo representado por los titulares de CONFECLISA, Gustavo Mammoni y de ADECRA, Jorge Cherro, mientras que por FATSA lo hicieron Carlos West Ocampo, Héctor Daer, Susana Rueda y los asesores letrados Lucio Garzón Maceda y Federico West Ocampo.

Al término de las negociaciones, el titular de FATSA, Carlos West Ocampo, dijo a Télam que “tras largas y duras negociaciones logramos firmar más o menos en los términos que nos habíamos propuesto el nuevo Convenio Colectivo de Trabajo”.

Tras destacar que “logramos que el salario básico de una enfermera llegue en febrero a 3.000 pesos”, West Ocampo añadió que “luego de una desgastante negociación acordamos un incremento del 18 por ciento para agosto, un 5 por ciento para diciembre y un 9 más en febrero”.

Sobre si estaba satisfecho con los resultados, el sindicalista precisó que “por supuesto. Estamos hablando de salarios muy bajos y nos hubiera gustado firmar otra cosa pero éste era un conflicto que ya llevaba varios meses con un sector empresario muy heterogéneo y el resultado creo que es satisfactorio para la mayoría de los trabajadores”.

El convenio celebrado con el sector empresario que tendrá vigencia hasta agosto de 2011, destrabó un largo conflicto con el gremio de que nuclea a los trabajadores de la sanidad argentina”.

Durante el conflicto, FATSA realizó dos medidas de fuerza que afectaron las prestaciones médicas en las principales clínicas, sanatorios privados y en los establecimiento psiquiátricos y geriátricos, como así también los centros de diagnóstico.

Expediente N° 1.394.249/10

En la Ciudad de Buenos Aires, el dia primero de septiembre de 2010, siendo las catorce horas, en la sede de la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA), en el expediente de la referencia se reúnen, por una parte, el Sr. Carlos West Ocampo, Hector Ricardo Daer, Pedro Borgini, Susana Stochero, Nilda Iglesias, Monica Chungo e Irma Raczkowki, en representacion los trabajadores y por la otra, el Sr. Guillermo Gomez Galizia con DNI 4.557.953 en su caracter de Presidente, Jose Hector Laurensio con CIPF 6.255.637 en su carácter de Vicepresidente, Fernando Peralta con DNI 8.068.395 en su carácter de prosecretarto, Eduardo A. Fernandez con D.N.I. 11.396.577 en su carácter de protesorero, tal como 10 acreditan con la documentación que se adjunta en este acto, constituyendo el domicilio en Av. Rivadavia NO 926 Piso 6 Of. 601 de la C.A.B.A. en representación de la Camara de Instituciones de Diagnostico Medico -CADIME-, el Dr. Jorge Carrascosa DNI 7.887.412 en representación de la Camara de Entidades de Diagnostico y Tratamiento Ambulatorio -CEDIM-con domicilio en la calle Montevideo 451 Piso 11 of. 111, en su carácter de Vicepresidente y el Sr. Julio Alberto Machuca con D.N.I. 4.276.555 en su carácter de apoderado tal como 10 acredita can la documentación que se adjunta en este acto, constituyendo el domicilio en calle Sarmiento N0839 de la
C.A.B.A. en representacion de Colmegna SA.Las partes en conjunto manifiestan, que luego de largas y trabajosas negociaciones colectivas tendientes a la renovación parcial del Convenio colectivo de Trabajo 108/75, han arribado a un acuerdo que explicitan de la siguiente manera:

1. Los comparecientes se reconocen reciprocamente, por su representación y representatividad como únicas partes legitimadas para la negociación del CCT 108/75.

2. Ambito Personal y Territorial: EI acuerdo alcanzado sera de aplicacon en todo el ambito personal y territorial comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo 108/75.

3. Escala de Salarios Basicos: las partes acuerdan establecer un aumento de los salarios basicos de todos los trabajadores encuadrados en el convenio colectivo 108/75, el que se hará efectivo en tres tramos el primero a partir del primero de agosto del corriente año, el segundo a partir del primero de diciembre del corriente año a y el ultimo a partir del primero de febrero de 2011, todo ello de conformidad con las escalas que se explicitan a continuacion:

basicos de convenio  108/75 a partir de
………………………………AGOSTO 2010 /DICIEMBRE 2010/FEBRERO 2011
PRIMERA CATEGORIA        2.883,87       3.103,83       3.226,03
SEGUNDA CATEGORIA        2.757,49       2.967,81       3.084,66
TERCERA CATEGORIA        2.682,02       2.886,58       3.000,23
CUARTA CATEGORIA         2.506,50       2.697,67       2.803,88
QUINTA CATEGORIA         2.306,40       2.482,32       2.580,05

4.-La diferencia entre los salarios basicos vigentes al 31/07/2010 Y los aqui acordados, asi como los valores resultantes de la incidencia de los nuevas remuneraciones sobre los adicionales legales y convencionales seran remunerativos a todos los efectos legales y convencionales con la sola excepcion que sobre dichos montes, correspondientes a los aumentos enunciados, no se realizaran contribuciones patronales al Sistema de Seguridad Social (excepto Obras Sociales) de todo el personal de cada empresa. Esta excepcionalidad parcial reqira hasta el 31/12/2011, fecha esta a partir de la cual tendran naturaleza de remunerativos a tcdos los efectos. Los aumentos salariales otorgados durante el 2010 “a cuenta” podran ser absorbidos hasta su concurrencia
Los importes de los adicionales legales, convencionales y voluntarios, que resultan de tomar como base el salario basico convencional, a los fines de su pago, deberan ser calculados de conformidad con los valores establecidos en las nuevas escalas salariales insertas en el paraqrafo tercero del presente acuerdo.

5-Las partes acuerdan: 1.-Prorrogar la excepcionalidad parcial establecida en la clausula 5 del acuerdo firmado el 16 de julio de 2008 homologada mediante Resolucion 1707/08 hasta el dia treinta y uno de julio de 2011; 2.-prorrogar la excepcionalidad parcial establecida en la clausula 5 del acuerdo firmado el 25 de agosto de 2009 homologada mediante Resoluclon 1456/09 hasta el dia treinta de septiembre de 2011.

6.-En caso que alguna empresa acredite fehacientemente dificultades economico financieras para hacer frente al aumento salarial aqui acordado, podra negociar con la filial FATSA que corresponda la adecuacion de los plazos de vigencia de las clausulas del presente acuerdo, asi como tambien podran diferir hasta el mes de enero del 2011, el pago de la diferencia del mayor valor del aguinaldo correspondiente al segundo semestre del 2010, por efecto del aumento salarial aqui acordado.

7.-Modificase el articulo 14 del convenio colectivo 108/75, incorporandose el inciso 9, el que quedara redactado de la siguiente manera:
Adicional por Licenciatura en imagenes: Adicional por Titulo de Licenciatura en imaqenes: El personal que posea un obtenga el Titulo universitario de “Licenciado en Imaqenes”, otorgado por instituciones o establecimientos educativos reconocidos por el Ministerio de Salud de la Nacion y el Ministerio de Educacion de la Nacion, que se desempeñe en la funcion para la que ha sido formado, percibira un adicional salarial mensual equivalente al 15% de su salario basico. Aquellas empresas que a la firma del presente abonen alguna suma en dicho concepto, podran absorber hasta su concurrencia el importe.

8.-Las partes acuerdan actualizar el valor del Beneficio Social contemplado en el articulo 33 del CCT 108/75 en la suma de pesos novecientos ($900) a/partir del primero de agosto de 2010, hasta tanto se alcance un acuerdo definitivo sobre el Instituto. Este benefio mantendrá el caracter no remunerativo oportunamente acordado.

9.-Seguro de Fidelidad: las partes acuerdan reformular el Segura de Fidelidad establecido en el articulo 17 del CCT 108/75. Transitoriamente V hasta tanto se alcance un acuerdo definitivo sobre el Instituto se establece el valor del Seguro la suma de setecientos pesos ($ 700)

10.-Descuentos y Sanciones: Las partes acuerdan que cada empresa abonara en forma normal y habitual los salarios de los dias de paro y movilizacion dispuestos por FATSA, desde el inicio del plan de lucha en procura de esta escala salarial, hasta el dia de la fecha. Del mismo modo aquellas empresas que abonen premios por presentismo deberan paqarlo en forma Integra y total. Aquellas Empresas que hubieren efectuado descuentos deberan abonar la totalidad de los salarios y premios caidos junto con las remuneraciones del mes de agosto. Asimismo las sanciones disciplinarias que las empresas hubiesen dispuesto con motivo del plan de lucha, seran dejadas sin efecto, borradas de los legajos personales, no tenidas en cuenta como antecedentes y en el caso que las mismas hubieren producido consecuencias economicas, los montos deberan ser reintegrados con las remuneraciones correspondientes al mes de agosto.

11.-Contribucion extraordinaria: Las empresas comprendidas en el ambito de aplicacion del CCT 108/75 realizaran una contribucion extraordinaria, a favor de la Federacion de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina, con la finalidad de realizar obras de caracter social, solidario y asistencial, para el mejoramiento de los servicios que presta la Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina (OSPSA), en interes y beneficio de todos los trabajadores comprendidos en la convencion colectiva, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 9º de la Ley 23.551. Esta contribucion consistira en el pago de una suma de pesos doscientos ($200,00), por cada trabajador encuadrado en el Convenio Colectivo 108/75, la que sera abonada en diez cuotas mensuales iguales de pesos veinte ($ 20,00) cada una con vencimiento el dia 15 de cada mes o el dla habil siguiente en su caso, con excepcion de los meses de diciembre 2010 y junio de 2011. EI deposito se realizara en la cuenta especial de. FATSA que se encuentran a disposicion en el sitlo web www.sanidad.org.ar colocando ei importe en el campo “Contribucion Extraordinaria”.

12.-Cuota de Solidaridad: Se establece para todos los beneficiarios del CCT. 108/75 un aporte solidario equivalente al 1% de la remuneracion integral mensual, durante la vigencia del presente acuerdo. Este aporte estara destinado entre otros fines, a cubrir los gastos ya realizados y a realizar, en la qestion, concertacion y el posterior control del efectivo cumplimiento y correcta aplicacion del los convenios y acuerdos para todos los beneficiarios sin excepcion, al desarrollo de la accion social y la constitucion de equipos sindicales y tecnicos que posibiliten el desarrollo solidario de los beneficiarios convencionales, contribuyendo a una mejor calidad de vida para los trabajadores y su grupo familiar. Los Trabajadores afiliados a cada uno de los sindicatos de primer grado adheridos a FATSA, compensaran este aporte con el pago del mayor valor de la cuota asociacional. Los empleadores actuaran como agentes de retencion del aporte solidario y realizaran el deposito correspondiente con el procedimiento habitual, en forma mensual y en la cuenta especial de FATSA conforme lo vienen realizando hasta el presente, disponiendo de boletas de deposito en la paqina web www.sanidad.org.ar.

13.-Las partes acuerdan continuar trabajando en la Comision Tecnica creada en el afio 2008, con el proposito de analizar el impacto de la nueva tecnoloqia en el desarrollo de las relaciones laborales.

14.-Vigencia: el presente acuerdo tendra un año de vigencia, esto es desde el 01-08-10 hasta el 31-07-11. Cedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta que solicita que copia del presente acuerdo y el dictamen de la Superintendencia de Servicios de Salud sean remitidos a los agentes del Seguro de Salud, incluyendo al INSSJP, a las Obras Sociales Provinciales y a los Ministerios y Secretarias de Trabajo de todas las Provincias. Asimismo solicita que en los considerandos de la resolución homologatoria del presente acuerdo se incluya el siguiente texto: “Es oportuno destacar que para arribar a este acuerdo se ha tenido en cuenta lo informado por la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nacion por Dictamen de fecha 31 de agosto de 2010, que se agrega a este expediente, del cual surge que el incremento salarial que pacten las partes en un Convenio de Trabajo será referencial para las practicas medico asistenciales que se brindan dentro del Sistema del Seguro de Salud”.
Las partes intervinientes ratifican en todos sus términos lo acordado y solicitan la pronta homologacion del presente acuerdo.
Sin mas, siendo las 16 horas, se levanta la audiencia, firmando las partes ante mi, que certifico.-


Publicado en la categoría Gremiales

Jueves, 2 de Septiembre de 2010

Tags:

Trabajadores de sanidad convocaron a un paro nacional para el 25 y 26 de agosto

Con movilizaciones en todo el país

La Federación Argentina de Trabajadores de la Sanidad Argentina convocó a un paro nacional de actividades para el 25 de agosto en demanda de mejoras salariales. La medida de fuerza será a partir de las 6 de la mañana del 25 de agosto y por 48 horas.

La Federación Argentina de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) convocó a un paro nacional de actividades para el 25 de agosto en demanda de mejoras salariales.

En declaraciones periodísticas, el titular de FATSA, Carlos West Ocampo, precisó que la medida de fuerza será “a partir de las 6 de la mañana del 25 de agosto y por 48 horas, con movilizaciones de trabajadores”.

Tras señalar que la organización sindical ratificó “el estado de alerta y movilización”, puntualizó que a partir del 23 habrá “asambleas informativas en todos los establecimientos”.

El gremialista indicó que “la oferta empresaria hasta ahora es insuficiente, ya que sólo llega al 22 por ciento, mientras que nosotros queremos un aumento en todas las escalas, de manera que una enfermera llegue a un salario básico de 3.000 pesos en todos los convenios colectivos de trabajo”.

West Ocampo aclaró que “durante la medida de fuerza se cumplirán con los servicios y guardias mínimas, conforme a lo que dispone la normativa legal, pero responsabilizamos a las cámaras patronales por las consecuencias que las medidas de acción directa puedan ocasionar”.

Esta medida de fuerza, la segunda en lo que va del mes, paralizaría las actividades en las clínicas y sanatorios, establecimientos psiquiátricos y geriátricos y centros de diagnóstico.

La semana pasada los trabajadores sanitarios realizaron un paro de 24 horas que obligó a reprogramar más de 500 cirugías establecidas con anticipación en los centros asistenciales de gestión privada de la zona de La Plata, Berisso, Ensenada y otros 40 distritos de la provincia.

Fecha: 19/08/2010

Publicado en la categoría Gremiales

Jueves, 19 de Agosto de 2010

Tags: ,

Conflictiva situación en Sanidad

Empleados reclaman un 32% de aumento y amenazan con nuevos paros.
Los prestadores piden la intervencion del Ministro de Salud.
Las prepagas anuncian nuevos incrementos

Sanidad convoco a un paro para la semana que viene por salarios

La Federación Argentina de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA), convocó a un paro nacional de actividades para el 25 de agosto en demanda de mejoras salariales, En declaraciones a Télam, el titular de FATSA, Carlos West Ocampo, precisó que la medida de fuerza será “a partir de las 6 de la mañana del 25 de agosto y por 48 horas, con movilizaciones de trabajadores”.

Tras señalar que la organización sindical ratificó “el estado de alerta y movilización”, puntualizó que a partir del 23 habrá “asambleas informativas en todos los establecimientos”.

El gremialista indicó que “la oferta empresaria hasta ahora es insuficiente, ya que sólo llega al 22 por ciento, mientras que nosotros queremos un aumento en todas las escalas, de manera que una enfermera llegue a un salario básico de 3.000 pesos en todos los convenios colectivos de trabajo”.

West Ocampo aclaró que “durante la medida de fuerza se cumplirán con los servicios y guardias mínimas, conforme a lo que dispone la normativa ñlegal, pero responsabilizamos a las cámaras patronales por las consecuencias que las medidas de acción directa puedan ocasionar”.

Asimismo, el máximo dirigente del gremio de Sanidad, informó que “además del paro se llevarán a cabo marchas en la Ciudad de Buenos Aires y en distintas ciudades del interior del país, el 26 de agosto”.

Aunque no quiso brindar detalles, West Ocampo no descartó la posibilidad que haya en el transcurso de la semana alguna oferta empresaria, no obstante reiteró que “si no se atienden nuestros reclamos pararemos nuevamente el 25 de agosto”.

Esta medida de fuerza, la segunda en lo que va del mes, paralizaría las actividades en las clínicas y sanatorios, establecimeintos psiquiátricos y geriátricos y centros de dignóstivo.

Quienes están exceptuados de la medida de fuerza son los hospitales de comunidades; Francés, Alemán, Italiano, Sirio Libanés, Británico, Español y Centro Gallego, por haber acordado salarios con FATSA. Télam
Fuente: www.inversorsalud.com.ar

Prestadores de la Salud pidieron intervención de Manzur

La Cámara de Instituciones de Diagnóstico Médico pidió la intervención del ministro de Salud, con el fin de destrabar el conflicto salarial con trabajadores de la Sanidad

La Cámara de Instituciones de Diagnóstico Médico (CADIME) pidió la intervención del ministro de Salud, Juan Manzur, con el fin de destrabar el conflicto salarial con los trabajadores nucleados en la Federación de la Sanidad.

En caso de poder conseguirlo, se llegaría a un principio de acuerdo con el gremio y así evitar nuevas medidas de fuerza en plena negociaciones paritarias, en un problema que arrastra años.

CADIME, que a su vez viene reclamando aumentos a las obras sociales y las prepagas, emitió un comunicado en el que solicita que la cartera de Manzur intervenga “de la manera más rápida posible” para evitar otro paro como el del 11 de agosto pasado, que dejó sin servicio médico a todos los empleados del sector, encargados de abastecer de insumos a los hospitales municipales y provinciales.

La cámara mantuvo diálogos con los gremialistas, pero no pudo avanzar como quería, debido a que los salarios de los convenios es superior a los acuerdos que lograron la mayoría de los sindicatos.

El texto también lleva el respaldo de la Asociación de Clínicas, Sanatorios y Hospitales Privados de la República Argentina (ADECRA), la Confederación Argentina de Clínicas, Sanatorios y Hospitales (CONFEcLISA), y la Cámara de Empresas Prestadoras de Salud (CEPSAL).

Además, aparecen la Cámara de Empresas Prestadoras de Salud (CEPSAL), la Cámara de Establecimientos Psiquiátricos (CACEP) y la Asociación Argentina de Establecimientos Geriátricos (AAEG), entre otras.

Remarcaron que las conversaciones “no han tenido los avances que permitan ver un inmediato cierre de la negociación.

CADIME recordó que el gremio -aún cuando la autoridad de aplicación no ha efectuado una convocatoria oficial- se declaró en estado de alerta y movilización convocando a un paro de actividades que se cumplió el 11 de agosto último.

La entidad dejó en claro que desea otorgar un aumento, pero aclaró que el porcentaje que reclaman los trabajadores es muy superior y es imposible poder otorgarlo en el lapso que se pretende.

“Estamos impedidos de dar respuesta a dicho reclamo, dado que hasta el momento se observa una falta absoluta de actualización de los aranceles que perciben las empresas prestadoras por parte de los financiadores (Obras Sociales, PAMI, Prepagas)”, precisaron en la misiva.

También, resaltaron que se debe tener “presente que los insumos subieron h
asta un 40 por ciento, e incluso hubo aumentos en el sistema médico privado.

Los trabajadores de obras sociales y laboratorios, los cuales señalaron que ya hubo una notificación por un futuro aumento, aunque la cifra que maneja la empresa no es la misma que pretenden los empleados.
Por ello, solicitaron al Ministerio de Salud, mediante una carta, que resuelva de manera pacífica el conflicto por intermedio de la disposición de medidas concretas de recomposición arancelaria.

Explicaron que se podrá hacer frente a las demandas salariales e impedirán ver comprometida la prestación de este servicio esencial.

El Día - La Plata - 14/08/10

Prepagas amenazan con más alzas por presión gremial

Los empresarios vinculados a la medicina privada pedirán la intervención oficial para resolver una clásica cuestión laboral: si aceptan el reclamo de aumentos salariales para los trabajadores del sector, que piden un 35%, deberán tener autorización oficial para volver a subir las cuotas de las prestaciones. Según la Cámara de Instituciones de Diagnóstico Médico (CADIME) y Sanatorios y Hospitales Privados de la República Argentina (ADECRA), que agrupan a las principales compañías, es la única forma de hacer frente al reclamo gremial. La otra opción, que no menciona públicamente la cámara, es que el Estado nacional aplique un subsidio al rubro para cubrir la diferencia salarial entre lo que ofrecen los privados (menos del 25%) y lo que pide el sindicato que conducen Carlos West Ocampo y Héctor Daer.
Ambito Financiero -
16/08/10

Publicado en la categoría Gremiales, Incremento de cuota a usuarios de prepagas, Situacion de Clinicas y Centros Medicos