SANIDAD. INSTITUTOS SIN INTERNACIÓN, CCT 108/1975. NUEVAS ESCALAS SALARIALES DESDE AGOSTO DE 2011
La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA), las Cámaras representativas del sector empresario y Colmegna SA han arribado a un nuevo Acuerdo de recomposición salarial el 18 de agosto de 2011.
Por el mencionado Acuerdo, se determinó un incremento salarial a abonarse en tres tramos con vigencia a partir del mes de agosto y de diciembre de 2011 y de febrero de 2012.
Entre otros aspectos, se estableció el pago de una contribución extraordinaria de $ 260 por cada trabajador a favor de la FATSA, la cual será abonada en 10 cuotas mensuales de $ 26 cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción de los meses de diciembre de 2011 y de junio de 2012.
Asimismo, se dispuso un aporte solidario equivalente al 1% de la remuneración integral mensual, durante la vigencia del presente Acuerdo.
El mencionado acuerdo salarial se encuentra hasta el momento pendiente de homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
SANIDAD - ACUERDO SALARIAL 108/75 2011-2012
Aumento total respecto mes base 33%
Primer aumento Ago-11 18%
Segundo aumento Dic-11 10%
Tercer aumento Feb-11 5%
Base
Feb-11 Ago-11 % Dic-11 % Feb-12 %
3.226,03 3.806,72 18 4.129,32 28 4.301,16 33
3.084,66 3.639,90 18 3.948,36 28 4.112,67 33
3.000,23 3.540,27 18 3.840,29 28 4.000,10 33
2.803,88 3.308,58 18 3.588,97 28 3.738,32 33
2.580,05 3.044,46 18 3.302,46 28 3.439,89 33
CONCEPTO Ago-11 Dic-11
SALA MATERNAL 1.000,00 1.100,00
TITULO LICENCIADO SALUD 15%
CONTRIBUCION EXTRAORDINARIA: 10
CUOTAS DE $ 26,- MENOS DIC/11 Y JUN/12
Enviar una copia de esta nota a un colega
Martes, 23 de Agosto de 2011
desearia saber si es orientadora grupal, tiene licenciatura en psicopedagogia, pero en su recibo la tarea realizada es orientadora grupal, quiero saber si se le debe liquidar el 15%.
hay que seguir haciendo el calculo de diferencia entre el sueldo vigente al 31/07/2011 y el vigente a partir de agosto de 2011 para no abonar las contribuciones a la seguridad social? porque no lo encuentro en el nuevo acuerdo, si habla del firmado en el año 2010 que tiene vigencia hasta mes/12/2012, como liquidar esta diferencia?
sobre que importes? desde ya muy agradecida. paula.
Atenta a la modificación del Convenio 108/75 para el período Agosto 11-Julio12, me surge la duda respecto de la “Remuneración Base de Cálculo” de las “Contribuciones Patronales de la Seguridad Social”, debido a que el nuevo convenio no incluye una cláusula que aclare y/o establezca alguna excepcionalidad para la diferencia entre los salarios vigentes al 31/07/2011 y los nuevos, a pesar que sí establece la prórroga para no ingresar (no pago) la diferencia generadas por los aumentos de 2008, 2009 y 2010.- De lo cual se desprende que la remuneración base estaría compuesta por los salarios vigentes a Julio/2008 MÁS la diferencia entre el nuevo acuerdo el vigente a Julio 2011.
Una segunda consulta: el art. 5 del acuerdo 2009 (Agosto 2009 - Julio 2010) en los párrafos 2º y 3º establece prórrogas (del acuerdo 2008) en 2 tramos: 1º) respecto de las contribuciones patronales al Sistema Previsional correspondiente al año 2007 hasta 31/12/09 y 2º)
respecto de las contribuciones patronales al Sistema Previsional correspondiente al año 2008, 31/07/2010.
Bien en un intento de interpretar estos párrafos, se puede entender que la remuneración base de las contribuciones se corre de Julio-08 a Julio-09 y de ahí en adelante sería Julio 2009 la base que se sigue prorrogando?
Una tercer consulta, cuando los distintos acuerdos mencionan “Contribuciones Patronales al Sistema de Seguridad Social” está incluyendo además los aportes de los empleados al Sistema de Seguridad Social?.-
Desde ya muy agradecida.
Atentamente.
Quisiera saber si siendo licenciada y dependiendo de este titulo para el puesto de orientadora y figurando esto ultimo en el recibo de sueldo, me correspondería o no cobrar el 15% por la licenciatura. Si así fuese, a partir de que mes debería cobrarse? o los empleadores pueden optar por pagarlo o no? Gracias
me gustarua que alguien me explique cuantas horas se debe trabajar de lunes a viernes y si los sabados es obligatorio, soy emplesda de consultorio odontologico, muchas gracias
carga horaria en auxiliar de 2ª consultorio odontologico privado
Pregunto cuando van a resolver el tema del pago de las guarderias para el convenio 122, es injusto que algunos convenios lo tengan y otros no!, esto habia quedado pendiente y al final en el ultimo aumento no acordaron nada, por favor revean esto es lo mas justo que se aplique para todos por igual!!
quisiera saber porque el aumento es un 18%-1
0 % y 5% y el resultado no corresponde ej feb 3226,03 al 18% es decir 3886,72 en dic aumento el 10% ustedes olocan 4129,32 y a mi me da 4187,39 hay diferencia y feb a ustedes el 5% le da 4301,16 y a ami me da 4396,76 otra diferncia me pueden decir a que se debe
Queria preguntar si una obra social tiene derecho a rechazar un cambio de plan, ejemplo, estoy en galeno plata y queria pasar a galeno oro, me rechazaron y no me dan el porque. Tienen derecho a hacerlo? que puedo hacer?
gracias
desea saber soy tecnico en analisis clinicos a que categoria pertenezco la tercera es si no me aquivoco gracias
CONSULTA: en que situacion se encuentran los sucesivos aumentos del convenio 108 frente al aportes y contribuciones de la seguridad social a enero de 2012
Desde ya muchas gracias
Solicito me informen el sueldo de un bioquìmico de labortorio de anàlisis clìnicos por 30 hs semanales
O en su defecto en què pag, o dònde puedo averiguarlo
Muchas gracias
Buenas tardes: soy Técnico Superior en Administración de Servicios de Salud, trabajo en policonsultorio en atención al público, telefonista, administración, realizo facturación de obras sociales, facturaciones médicas, autorizaciones por sistema fol2. Me pueden informar en que categoría estoy? Soy la única que realiza facturación, registración online por fol2 y ademas de secretaria.
saluda atte.