SOGIBA en alerta por regulación de prepagas

La Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Buenos Aires (SOGIBA), entidad que agrupa a unos 2000 ginecólogos y obstetras de la Ciudad de Buenos Aires, viene trabajando en pos de lograr una mejora en las condiciones laborales de sus asociados, y en ese marco, solicitó al Ministerio de Salud de la Nación ser miembro activo de la Autoridad de Aplicación que reglamentará la Ley de Regulación de las empresas de medicina prepaga y, en consecuencia, que regulará las relaciones entre empresarios y agentes de salud.

Una encuesta reciente realizada por SOGIBA reveló que el 97% de los obstetras y ginecólogos opina que las condiciones generales de trabajo son de regulares a muy malas y además la mitad consideró que empeorarán en el futuro. En este marco, SOGIBA trabaja por lograr un honorario ético mínimo común a las entidades que contratan tocoginecólogos y sobre un nomenclador para todos los sistemas en los cuales se desarrollan sus actividades (público, privado, obras sociales, prepagos y seguros de salud).

Al tema económico se suman diferencias con las Prepagas respecto de la organización de la atención, los planes de capacitación y categorización de profesionales, entre otros. Se conforma así un escenario que hace que los médicos se vean obligados a “sobreadaptarse” con reducción del tiempo de atención, situaciones de trabajo en riesgo por falta de tecnología o personal indispensable, aceptación de las relaciones de dependencia encubierta, entre otros que impactan en la calidad de atención de los pacientes.

En este sentido, comprometida con la visión de la igualdad sanitaria en un marco regulatorio de equidad para todos los integrantes que la componen, SOGIBA pone a disposición del Ministerio de Salud su experiencia jerarquizada y una opinión científica independiente y comprometida para lograr que la regulación de las empresas de medicina prepaga sea esté acorde a la realidad sanitaria del país.

SOBRE LA SOCIEDAD DE OBSTETRICIA Y GINECOLOGIA DE BUENOS AIRES (SOGIBA)
Fundada en el 1º de julio de 1908, SOGIBA se propone propender el estudio, perfeccionamiento y divulgación de todos los aspectos de la obstetricia y de la ginecología, profundizar la investigación científica en dicha área; promover el progreso en la calidad del ejercicio profesional, entre otros objetivos científicos, profesionales como así también contribuir con la divulgación de información relevante para el cuidado integral de la salud de la mujer.

www.sogiba.org.ar

26/08/11

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Viernes, 26 de Agosto de 2011

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Sanidad. Convenio 108/75. Nuevas escalas

SANIDAD. INSTITUTOS SIN INTERNACIÓN, CCT 108/1975. NUEVAS ESCALAS SALARIALES DESDE AGOSTO DE 2011
La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA), las Cámaras representativas del sector empresario y Colmegna SA han arribado a un nuevo Acuerdo de recomposición salarial el 18 de agosto de 2011.
Por el mencionado Acuerdo, se determinó un incremento salarial a abonarse en tres tramos con vigencia a partir del mes de agosto y de diciembre de 2011 y de febrero de 2012.
Entre otros aspectos, se estableció el pago de una contribución extraordinaria de $ 260 por cada trabajador a favor de la FATSA, la cual será abonada en 10 cuotas mensuales de $ 26 cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción de los meses de diciembre de 2011 y de junio de 2012.
Asimismo, se dispuso un aporte solidario equivalente al 1% de la remuneración integral mensual, durante la vigencia del presente Acuerdo.
El mencionado acuerdo salarial se encuentra hasta el momento pendiente de homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

SANIDAD - ACUERDO SALARIAL 108/75 2011-2012

Aumento total respecto mes base 33%
Primer aumento Ago-11 18%
Segundo aumento Dic-11 10%
Tercer aumento Feb-11 5%

Base
Feb-11                 Ago-11 %               Dic-11 %                 Feb-12 %
3.226,03            3.806,72 18       4.129,32 28         4.301,16 33
3.084,66            3.639,90 18       3.948,36 28         4.112,67 33
3.000,23            3.540,27 18      3.840,29 28         4.000,10 33
2.803,88             3.308,58 18      3.588,97 28         3.738,32 33
2.580,05             3.044,46 18      3.302,46 28         3.439,89 33

CONCEPTO                               Ago-11                 Dic-11
SALA MATERNAL                1.000,00         1.100,00

TITULO LICENCIADO SALUD 15%

CONTRIBUCION EXTRAORDINARIA: 10
CUOTAS DE $ 26,- MENOS DIC/11 Y JUN/12

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Martes, 23 de Agosto de 2011

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Sanidad. CCT 122/75. Nuevas escalas salariales a partir de agosto

SANIDAD. CLÍNICAS Y GERIÁTRICOS, CCT 122/1975. NUEVAS ESCALAS SALARIALES DESDE AGOSTO DE 2011
La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) y la Confederación de Clínicas Sanatorios y Hospitales, y las Cámaras del sector han arribado a un nuevo acuerdo de recomposición salarial el 16 de agosto de 2011.
Por el mencionado acuerdo, se determinó un incremento salarial a abonarse en tres tramos con vigencia a partir del mes de agosto y diciembre de 2011 y febrero de 2012.
Entre otros aspectos, se estableció el pago de una contribución extraordinaria de $ 260 por cada trabajador a favor de la FATSA, la cual será abonada en 10 cuotas mensuales de $ 26 a partir del mes de setiembre de 2011, cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción de los meses de diciembre de 2011 y junio de 2012.
Asimismo, se dispuso un aporte solidario equivalente al 1% de la remuneración integral mensual, durante la vigencia del presente acuerdo.
El mencionado acuerdo salarial se encuentra hasta el momento pendiente de homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

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Viernes, 19 de Agosto de 2011

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