Aumento salarial para trabajadores de clínicas privadas

El sindicato de la Sanidad firmó ayer un acuerdo por un incremento salarial del 19% -un 12% para los sueldos de agosto y un 7% a partir de diciembre- con dos entidades de empresas prestadoras de servicios de salud, en tanto que una tercera institución -que agrupa a más de 250 clínicas y sanatorios, varios de ellos de las prepagas líderes del mercado- se negó a firmar.

El convenio, que se firmó en el Ministerio de Trabajo con la participación de su jefe, Carlos Tomada, tendrá impacto en los ingresos de 180.000 trabajadores de la actividad. El acuerdo contó con la adhesión de la Confederación Argentina de Clínicas, Sanatorios y Hospitales (Confeclisa) y de la Cámara de Prestadores de Salud (Cepsal), en tanto que la Asociación de Clínicas, Sanatorios y Hospitales Privados (Adecra) quedó al margen.

La explicación dada por los directivos de esta entidad es que no hubo ningún avance en las negociaciones con el Gobierno por lograr que se facilitara el acceso a mayores recursos para el sistema, que permitieran hacer frente al incremento de los sueldos.

Concretamente, lo que desde hace tiempo están reclamando las entidades es que haya una política que permita elevar los aranceles pagados por el PAMI, las obras sociales y las prepagas por los servicios que dan las entidades de salud.

En el caso de las prepagas, los referentes de las empresas líderes habían indicado que para elevar los salarios en sus clínicas y a la vez pagar mayores aranceles a las entidades contratadas debían aumentar las cuotas a sus afiliados. De hecho, varias compañías habían comunicado a sus afiliados que subirían los precios a partir de septiembre y de diciembre. Pero una vez enviadas las cartas la Secretaría de Comercio Interior presionó para que esas subas no se concretaran y las empresas dieron marcha atrás.

Mejores aranceles

Con respecto a las obras sociales, las entidades prestadoras pretendían que se repitiera un esquema aprobado en años anteriores, con la emisión de una resolución de la Superintendencia de Servicios de Salud que dispusiera una mejora de los aranceles por pagar. Según las clínicas, la mayor recaudación que reciben las obras sociales sindicales por el incremento de los salarios de sus trabajadores afiliados no es trasladada a los montos abonados a los sanatorios.

“Nosotros no convalidamos el acuerdo porque no están los fondos para pagar los aumentos”, dijo anoche a LA NACION el presidente de Adecra, Francisco Díaz, que agregó que no está medida la representatividad que tiene cada entidad empresarial para firmar el convenio.

El convenio anterior que regía para los trabajadores de las clínicas había vencido el 31 de julio. Las demoras en lograr un nuevo acuerdo habían provocado la toma de medidas de fuerza la semana última, con un paro de 48 horas que se concretó el miércoles y el jueves.

Este año, el gremio de la Sanidad había firmado ya otros convenios por iguales mejoras en los salarios, como los que beneficiaron a los trabajadores de hospitales de colectividad, de laboratorios medicinales y de la farmacéutica Bagó.

La Nacion
26/08/09

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Jueves, 27 de Agosto de 2009

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Incremento de sueldos en Sanidad a partir del 1º de agosto

DETALLES DEL CONVENIO 108/75

Aumento de las remuneraciones: del diecinueve por ciento (19%) sobre todos los salarios básicos de todas las categorías profesionales enunciadas en el Convenio Colectivo 108/75.
Se hará efectivo en dos tramos conforme a las escalas establecidas, con vigencia a partir del 1º de Agosto de 2009 y a partir del 1º de diciembre de 2009 respectivamente.

Escala Salarios Básicos CCT 108/75 a partir 1/08/2009

CATEGORIA SALARIO BASICO
PRIMERA CATEGORIA         2.300,20
SEGUNDA CATEGORIA         2.199,40
TERCERA CATEGORIA          2.139,20
CUARTA CATEGORIA            1.999,20
QUINTA CATEGORIA             1.839,60

Escala Salarios Básicos CCT 108/75 a partir 1/12/2009

CATEGORIA SALARIO BASICO
PRIMERA CATEGORIA         2.443,96
SEGUNDA CATEGORIA         2.336,86
TERCERA CATEGORIA          2.272,90
CUARTA CATEGORIA            2.124,15
QUINTA CATEGORIA             1.954,58

Exención de pago contribuciones patronales: La diferencia entre los salarios básicos vigentes al 30/07/09 y los actuales, así como los valores resultantes de la incidencia de las nuevas remuneraciones sobre los adicionales legales y convencionales serán remunerativos a todos los efectos legales y convencionales con la sola excepción que sobre dichos montos no se realizaran contribuciones patronales al Sistema de Seguridad Social (excepto Obras Sociales).

Esta excepcionalidad parcial regirá hasta el 31/07/2010, fecha ésta a partir de la cual se realizaran la totalidad de las contribuciones patronales.

Prorrógase la excepcionalidad parcial establecida en la cláusula 5 del acuerdo firmado en el año 2008, en relación a las contribuciones patronales al Sistema Previsional correspondientes al año 2007, hasta el 31/12/09, fecha ésta a partir de la cual los montos aludidos, tendrán naturaleza de remunerativos a todos los efectos.

Prorrógase la excepcionalidad parcial establecida en la cláusula 5 del acuerdo firmado en el año 2008, en relación a las contribuciones patronales al Sistema Previsional correspondientes al año 2008 hasta el 31/07/10, fecha ésta a partir de la cual los montos aludidos, tendrán naturaleza de remunerativos a todos los efectos.

Absorción de aumentos:
Los aumentos salariales otorgados con posterioridad al 31/12/08 podrán ser absorbidos hasta su concurrencia con los incrementos que por este acto se otorgan.

Aguinaldo Diciembre 2009:
Teniendo en cuenta el impacto del incremento salarial en los básicos de diciembre de 2009, las partes acuerdan que, aquellas empresas que acrediten debidamente la imposibilidad de abonar el mayor valor del aguinaldo correspondiente al mes de diciembre 2009 podrán diferir hasta el mes de enero de 2010, el pago de la diferencia del mayor valor del aguinaldo por efecto del aumento del salario básico.

Contribución extraordinaria:
Las empresas comprendidas en el ámbito de aplicación del CCT 108/75 realizarán una contribución extraordinaria, a favor de la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina, con la finalidad de realizar obras de carácter social, solidario y asistencial, para el mejoramiento de los servicios que presta la Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina (OSPSA), en interés y beneficio de todos los trabajadores comprendidos en la convención colectiva, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley 23.551. Esta contribución consistirá en el pago de una suma de pesos ciento cincuenta ($150,00), por cada trabajador encuadrado en el Convenio Colectivo 108/75, la que será abonada en diez cuotas mensuales de pesos quince ($15,00) cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción de los meses de diciembre 2009 y junio de 2010. El depósito se realizará en la cuenta especial de FATSA que se encuentran a disposición en el sitio web www.sanidad.org.ar colocando el importe en el campo “Contribución Extraordinaria”.

Cuota de Solidaridad: Se establece para todos los beneficiarios del CCT. 108/75 un aporte solidario equivalente al 1% de la remuneración integral mensual, durante la vigencia del presente acuerdo.

Vigencia: el presente acuerdo tendrá un año de vigencia, esto es desde el 01-08-09 hasta el 31-07-10.

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Jueves, 27 de Agosto de 2009

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Otra jornada con paro en sanidad

Trabajadores no médicos de centros de salud privados del país realizaron ayer la primera jornada del paro de 48 horas en demanda de mejoras salariales.

Según manifestaron los organizadores, la medida de fuerza se rea]izó con “altísimo acatamiento” y hoy marcharán en el centro porteño.

El Ministerio de Trabajo, en tanto, comezó a trabajar de manera conjunta con la cartera de Salud para que ambos aporten a destrabar la negociación, que definieron como “compleja”.

La huelga de afiliados de la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) “tuvo un altísimo acatamiento en los establecimientos de la Ciudad, la provincia y el resto del país”, dijo el titular del gremio, Carlos West Ocampo.

“Sólo se atendieron las guardias y emergencias. Los sanatorios y clínicas funcionaron como si fuera un día de feriado nacional”, precisó el dirigente respecto de la medida.

FATSA reclama un aumento salarial de 19% en dos cuotas, una de 12% a partir del l° de agosto y otra de 7% en septiembre, en el marco de negociaciones paritarias que mantiene con el sector empresario.

20/08/2009
BAE

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Viernes, 21 de Agosto de 2009

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