Perfil de Juan Manzur, nuevo ministro de Salud

Juan Manzur, el designado ministro de Salud de la Nación en reemplazo de la renunciante ministra Graciela Ocaña, nació en San Miguel de Tucumán en 1969.

Es un destacado médico que hasta hoy ocupaba el cargo de vicegobernador en Tucumán, donde  tambien ocupó el cargo de ministro de Salud de esa provincia entre 2003 y 2007 y logró a partir de la implementación de fuertes políticas públicas de salud la reducción de los índices de mortalidad infantil de manera drástica (del 25 por mil al 12,9 por mil).

Además Manzur, que se desempeñó en 2002 como ministro de Salud de La Matanza, fue el principal responsable de las obras de infraestructura hospitalaria llevadas adelante en Tucumán donde se reacondicionaron nosocomios pediátricos y en especial los dedicados a la atención de recién nacidos y las madres.

Alumno del ex ministro y actual embajador en Chile Ginés González García, Manzur fue elegido como vicegobernador tucumano en 2007 para acompañar el segundo período del gobernador José Alperovich.

La elección de Manzur como vicegobernador respondió precisamente a su tarea al frente de la cartera sanitaria provincial en la cual durante su gestión la mortalidad infantil se redujo fuertemente y se realizaron obras de infraestructura hospitalaria de importancia para esa provincia.

En ese ámbito se encargó de la puesta a punto de toda la infraestructura sanitaria, incluyendo centros de atención primaria y centros integradores comunitarios.

Fuente: Ambito.com

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Martes, 30 de Junio de 2009

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Las prepagas subirán las cuotas hasta un 19% durante este año

Un primer aumento, del 12%, se concretaría en agosto;
Afirman que es para dar subas de salarios

Silvia Stang
LA NACION

La explicación que dan los directivos del sector de la medicina prepaga es la misma que dieron el año pasado: para que puedan subir los sueldos de los trabajadores de la sanidad, dicen, “es inevitable” incrementar el valor de las cuotas que pagan los afiliados al sistema. Las subas de precios se aplicarían a partir de agosto, y aunque el ajuste se hará por etapas y no de una sola vez, hasta diciembre podría totalizar alrededor de un 19%, según varias fuentes.

Ese es el porcentaje que el sindicato reclama como mejora para los ingresos salariales del personal de las clínicas. Según los empresarios, hay otros costos también en alza, con lo que explican por qué se repetiría en las cuotas el porcentaje de alza salarial, cuando el costo laboral representa, en promedio, algo más del 60% de la estructura total de gastos en un centro de salud (que en algunos casos son propiedad de prepagas y en otros, prestadores independientes que les cobran por sus servicios a las empresas de medicina.

El alza de las cuotas impactaría en unos 800.000 contratos y se aplicaría -en principio y en algunos casos- en agosto (12%) y en diciembre (7%), aunque la estrategia sería diferente según la empresa. En los meses mencionados se concretarían las subas salariales, según un acuerdo que se está negociando. El convenio con el sindicato repetiría el esquema firmado la semana pasada con los hospitales de colectividad: un alza del 12% desde los salarios de julio y otro 7% desde diciembre. La suba de costos de esos hospitales se trasladará a las tarifas que, como prestadores, les cobran a las prepagas.

En el caso de la negociación salarial con las clínicas privadas -es la que marca el ritmo de las subas de las cuotas en las prepagas- la suba sería de iguales porcentajes, pero se efectivizaría en agosto y diciembre, según afirmó Héctor Daer, secretario general de la Asociación de Trabajadores de la Sanidad (Buenos Aires).

Referentes de la Cámara de Instituciones Médico Asistenciales (Cimara) -que agrupa a las empresas líderes- y de la Asociación de Entidades de Medicina Privada (Ademp, que reúne a firmas medianas y pequeñas), dijeron que la suba salarial no es la única razón para el incremento de los costos de la salud.
Razones

Un directivo afirmó que, si bien varias empresas aumentaron sus precios entre marzo y mayo de este año -fue un ajuste del 10% desdoblado-, esos ajustes se hicieron para compensar los aumentos salariales del año pasado. “Se había decidido un incremento para diciembre, cuando subimos los salarios, pero después eso se postergó y se aplicó este año”, sostuvo el empresario, que agregó que la creciente cantidad de casos de gripe A tiene también por estos días sus efectos.

Por el lado de los servicios que deben pagar las empresas, a los reclamos sindicales siempre se suman los de los prestadores médicos, ya sean entidades o profesionales que trabajan en forma particular. Hoy, en algunas empresas una consulta médica es abonada con un monto promedio de 30 pesos. Hay, por otra parte, profesionales que trabajan a sueldo, pero no están alcanzados por ningún convenio colectivo, por lo que el ajuste de esos ingresos depende de la decisión de cada empresa.

En el caso de la negociación de salarios de convenio -que sí alcanza al personal de enfermería-, Daer afirmó que para este año se reclaman incrementos de sumas que queden incorporadas a los salarios básicos. Agregó que en agosto deberían transformarse en remunerativos los montos derivados de la mejora salarial del año pasado. Hasta ahora, esas sumas se consideraban para el aporte a la obra social, pero no para el jubilatorio.

Según Daer, la incidencia de los salarios es, en algunos casos, del 60% en la estructura de costos, “pero por fuera del salario hay una inflación médica que es bastante importante”.

Hugo Magonza, vicepresidente de Ademp, sostuvo que al alza de costos por la mejora de la tecnología médica se sumó este año la suba del dólar, que tiene su impacto por la dependencia que hay en el sector de insumos importados.

Consultadas por LA NACION, fuentes de OSDE señalaron por su parte que esa entidad en particular no está estudiando un aumento de cuotas para sus afiliados.

La Nación
26/07/09

Publicado en la categoría Incremento de cuota a usuarios de prepagas

Viernes, 26 de Junio de 2009

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Un fallo advierte que el Plan Medico Obligatorio esta desactualizado

Un juzgado provincial advirtió que el Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE) suele quedar desactualizado y que las prácticas médicas contempladas en él son un mínimo de prestaciones, que no puede excluir otras que garanticen el derecho humano a la salud. Lo hizo al aceptar una acción de amparo por la cual obligó a una empresa de medicina prepaga a costear los gastos de una operación de implante intracorneal a una paciente, pese a que la práctica no está contemplada en el PMOE.

Los implantes intracorneales son pequeñas lentes que se colocan con láser dentro de la córnea de un paciente para solucionar sus problemas de visión.

La Sala III, de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, con las firmas de los jueces Norberto Villanueva y Sergio Altieri, dispuso así que la empresa Medicus afronte los gastos de la paciente, según publicó la agencia DyN.

La empresa de medicina prepaga se negaba a efectuar ese gasto porque la normativa de salud no la obliga a extender el ámbito de su cobertura a prestaciones no contempladas en el marco contractual, máxime cuando, dice, los anillos intercorneales solicitados, tampoco se encuentran previstos dentro del plan médico obligatorio que rige a las entidades de salud de medicina prepaga.

Pero los camaristas replicaron que las obligaciones que surgen del contrato de medicina prepaga exceden el mero plano negocial y tienden a proteger las relaciones privadas.

Los PMOE no siempre se encuentran debidamente actualizados. “El hecho de que la prestación no se encuentre contemplada en el PMOE no resulta de por sí causa suficiente para eximir a la demandada de su obligación de prestar un adecuado servicio de salud”, añadieron.

En ese sentido, recordaron que el PMOE fue concebido como un régimen mínimo de prestaciones que las obras sociales deben garantizar, para cuya implementación se señaló que, si bien la idea es la de establecer límites en la cobertura, no resulta aceptable la implantación de un menú que reduzca las prestaciones habituales, como así también que, independientemente de la cobertura prevista en el programa, no existen patologías excluidas.

Esa limitación en la cobertura debe ser entendida como un piso prestacional, por lo que no puede, como principio, derivar en una afectación del derecho a la vida y a la salud de las personas que tiene jerarquía constitucional, insistieron.

El fallo recuerda que el propio Estado Nacional ha caracterizado el programa implementado diciendo que constituye un piso básico de prestaciones, que es mutable y se nutre de las nuevas técnicas y que tiene un fin integral que supera el mero sufragio económico de la práctica médica.

El derecho a la vida y su corolario, el derecho a la preservación de la salud, tienen una directa relación con el principio fundante de la dignidad inherente a la persona humana, soporte y fin de los demás derechos humanos amparados, resumieron los jueces.

Infobae profesional
24/06/09

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Jueves, 25 de Junio de 2009

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