La AFIP lanza un plan de pago especial para las obras sociales

Lo anunció Alberto Abad, titular del organismo recaudador. Se podrán cancelar las deudas fiscales hasta en 15 años con un interés del 6 por ciento anual

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer un plan de facilidades de pago especial para prestadores de servicios de salud, entre ellos las obras sociales.

El régimen contempla amplios beneficios porque permite cancelar las deudas con el fisco en hasta 15 años, con un interés del 6% anual. Las estimaciones indican que existe una deuda a regularizar cercana a los $1.200 M.

El lunes, la AFIP emitirá una resolución que reglamente la instrumentación del plan.

En respuesta a una necesidad
El nuevo esquema que fue presentado por el titular de la AFIP, Alberto Abad, y surge como consecuencia lógica de la Ley 26.283 -oficializada en septiembre pasado- que estableció un plan de facilidades de pago para los prestadores del sector.

A tal efecto, el fisco nacional debía reglamentar el procedimiento para que el nuevo plan sea una realidad. El marco regulatorio estará contemplado en una resolución general que se publicará el próximo lunes.

El funcionario explicó que “hasta el 31 de diciembre rige la emergencia sanitaria nacional”. Durante su vigencia se encuentran suspendidas las ejecuciones fiscales dirigidas a los prestadores de salud.

“Desde el 2002 el sector sufre una crisis compleja, entre otros factores por tener que contar con una mano de obra intensiva y una gran cantidad de insumos importados”, explicó Abad.

Por estas características se decidió dar un plan de pagos al sector, y de esta manera facilitar la regularización y demorar las acciones que terminen en ejecuciones fiscales.

“De los $1.200 M pendientes, 70% corresponde a deudas previsionales y 30% impositivas. Esto significa que lo primero que dejan de pagar son las cargas sociales”, advirtió Abad.

Del total, $500 M son montos adeudados por las Obras Sociales. Al respecto, Abad remarcó que “son deudas fáciles de cobrar ya que el pago de la cuota se deducirá de la recaudación que la AFIP envía a cada Obra Social”.

El nuevo marco
El plan al cual podrán adherirse desde el 2 de enero hasta el 30 de abril de 2008 contempla a los siguientes sujetos:

Prestadores medico-asistenciales públicos y privados.
Obras Sociales (en la medida que sean prestadoras).
Geriátricos.
Psiquiátricos.
Laboratorios de análisis clínicos.
Servicios de emergencia médica.
El plan permitirá regularizar las deudas impositivas, de la seguridad social y aduaneras devengadas al 30 de septiembre de 2007.

Abad aclaró, que “los impuestos posteriores podrán regularizarse mediante los planes vigentes para todos los contribuyentes”.

Las deudas que pueden regularizarse son aquellas:

Incluidas en planes de facilidades de pago caducos.
Por ajustes de fiscalización.
Por ejecución fiscal.
O que se encuentren en discusión administrativa.
También se permite reformular planes vigentes. Para que los prestadores de salud puedan adherirse deberán estar inscriptos en el registro administrado por la Superintendencia de Servicios de Salud.

Al respecto, Abad explicó que “las presentaciones que no cumplan con el requisito se aceptarán con la condición que se incorporen al registro en los próximos 60 días”.

Condiciones
Los prestadores tendrán tiempo desde el próximo 2 de enero hasta el 30 de abril de 2008 para regularizar las deudas en hasta 180 cuotas mensuales con una tasa de interés del 6%.

La cuota mínima será de $50 y la cancelación del capital se hará de manera “escalonada”, con cuotas que irán creciendo con el transcurso del plan.

Al referirse a la forma de pago, Abad aclaró que “se realizará mediante débito en cuenta. Si no tienen, la AFIP les habilitará una caja de ahorro fiscal gratuita”.

Al igual que los últimos procedimientos puestos en marcha por la AFIP, se tramitará por internet, en este caso, ingresando a “Mis facilidades”.”de esta manera, no habrá trámites en la Agencia”, afirmó el titular de la AFIP.

También se pondrá al servicio de los prestadores un simulador on line para ayudar a elegir el plan más conveniente de acuerdo al monto adeudada y las posibles condiciones.

Para otorgar aún mayores facilidades, el plan contempla una segunda oportunidad de cancelación de las cuotas, a los 10 días del primer vencimiento. Se admiitirá la rehabilitación de cuotas impagas.

Asimismo, se contempla un reenganche por caducidad. En el caso del plan de 180 cuotas, la caducidad se produce al adeudar 9 cuotas.

De no pagar las cuotas, la AFIP informará al PAMI como a la Superintendencia de Servicios de Salud la situación y los datos de los prestadores morosos.

El mecanismo de escalonamiento establece que en el primer año se cancele el 2% del capital. Este monto se irá incrementando con el correr de los años.

De hecho, durante los últimos 12 meses se cancelará el 10% final.

Ejemplos
Considerando una deuda de $100.000, antes de conocerse el nuevo plan podía cancelarse en un máximo de 72 cuotas. La primera mensualidad se ubicaba en los $424 y la última en $3.971.

Con el nuevo régimen que se lanza el 2 de enero las cuotas aumentan a 180. La primera mensualidad será de $168 y la última de $1.586.

Si tomamos una deuda de $500.000, antes podía cancelarse en un máximo de 60 cuotas. La primera mensualidad se ubicaba en los $2.129 y la última en $840.

Con el nuevo régimen que se lanza el 2 de enero las cuotas aumentan a 180. La primera mensualidad será de $27.811 y la última de $7.927.

Hernán Gilardo

Infobae - 17/12/07

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Lunes, 17 de Diciembre de 2007

2 Comentarios

  1. Mario 3 de Marzo, 2008 21:37

    Quisiera saber si para personas fisicas corre algun tipo de moratoria para las saldar deudas con la afip

  2. AVILA DIEGO FERNANDO 21 de Septiembre, 2008 21:07

    quisiera saber el motivo por el cual los aportes de mi empleador (carlos Felipe Perez Corvalan cuil 20-08110918-5, no se deriban a mi obra social ( medife ),desde hace tiempo siendo perjudicado por no tener cobertura social . Mis datos son AVILA DIEGO FERNANDO DNI : 22942656 .

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