La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala C condenó a la obra social OSDE a informar en forma adecuada, veraz y suficiente a sus afiliados que en el futuro se abstendrá de aplicar períodos de carencia sobre las prestaciones comprendidas en el Programa Médico Obligatorio.
La demanda había sido iniciada por la asociación Unión de Usuarios y Consumidores.
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Viernes, 30 de Marzo de 2007